LEY ORGANICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
Artículo 9.- Son derechos de los habitantes del Municipio:
I.- Utilizar los servicios públicos que preste el Municipio, de acuerdo con los requisitos que establezca esta Ley, los reglamentos municipales respectivos y demás ordenamientos legales aplicables;
II.- Ser atendido por las autoridades municipales, en todo asunto relacionado con su calidad de habitante;
III.- Recibir los beneficios de la obra pública de interés colectivo que realice el Ayuntamiento;
IV.- Proponer ante las autoridades municipales, las medidas o acciones que juzguen de utilidad pública; y
V.- Los demás que otorguen las leyes y reglamentos.
Artículo 10.- Son obligaciones de los habitantes del Municipio:
I.- Respetar las instituciones y autoridades de los gobiernos federal, estatal y municipal, así como acatar sus leyes y reglamentos;
II.- Recibir la educación básica y hacer que sus hijos o pupilos menores la reciban, en la forma prevista por las leyes de la materia;
III.- Contribuir para los gastos públicos en la forma que lo dispongan las leyes;
IV.- Prestar auxilio a las autoridades, cuando para ello sean requeridos legalmente;
V.- Cumplir, en su caso, con las obligaciones que señala la Ley Electoral; y
VI.- Las demás que dispongan las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general. |